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Buenos Aires - Argentina

Primera Ley de Promoción del Software Nacional

La nueva ley apunta a alentar el desarrollo de actividades de investigación y desarrollo en programación y/o procesos de certificación de calidad en el territorio nacional y/o exportaciones de software, pudiendo convertirse en un bono de crédito fiscal intransferible hasta el 70% de las contribuciones patronales y desgravación del 60% en el monto total del impuesto a las ganancias.

Quienes desarrollen estas actividades, gozarán de estabilidad fiscal por diez años.

La senadora Alicia Mastandrea, titular de la Comisión de Industria y Comercio del Senado, fundamentó en su exposición que "esta norma apoya la creación, diseño, desarrollo y producción de software en nuestro país.

Si en lugar de traer productos importados una empresa grande los desarrolla en la Argentina, estará protegida por la ley", aclarando que no ocurrirá lo mismo con la importación de los productos y que una multinacional que importa paquetes de software y lo vende en la Argentina no tiene modo de considerarse incluida en esta norma.

Se incorpora el Fondo Fiduciario de Promoción de la Industria del Software (Fonsoft), considerando los aportes a la Ciencia y la Tecnología, como una inversión y no un gasto como históricamente se los clasificaba, asegurando fondos para financiar proyectos de investigación generando nuevos conocimientos y garantizando su distribución.

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