INCUMPLIMIENTO COMERCIAL
De acuerdo con la nueva ley de Habeas Data, los juicios por deudas bancarias que no hubieren sido pagados figurarán en la Base de Datos de la empresa informante durante los siguientes 5 años a partir de la fecha en que se inició el juicio.
Si la deuda fuere pagada durante los dos primeros años del juicio, la empresa informante, deberá agregar, hasta los dos primeros años desde la fecha de iniciación del juicio, una nota que mencione el pago total de la deuda.
Los Bancos no toman clientes con este antecedente negativo. Si la deuda fuere pagada luego de los dos años de antigüedad del juicio, la empresa informante, deberá eliminar absolutamente este antecedente de su Base de Datos.
Como las empresas de informes toman solamente la carátula de los juicios iniciados y su fecha de ingreso en tribunales, ignoran absolutamente si usted pagó o no su deuda y cuándo la pagó.
Existen distintas formas de hacer valer nuestros derechos ante estas empresas de informes, que van desde un simple Fax hasta un reclamo judicial.
Cada caso requiere ser analizado por un profesional que conozca el tema, el que le dirá la más rápida y económica solución.
Si usted ha pagado su deuda o hace más de 5 años que tiene un juicio por deudas comerciales, consulte a un profesional de ArgentinaEconómica quien lo asesorará sobre sus posibilidades de volver al mercado bancario.
Consúltenos |